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Prohibieron la venta de una miel, un aceite de oliva y una harina de almendras

A través de una serie de disposiciones publicadas en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración y venta de un aceite, una miel y una harina.

 

27/02/2025 |

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) tomó medidas “para proteger la salud de los consumidores” al prohibir la comercialización de tres productos alimenticios “falsamente rotulados”. A través de una serie de disposiciones publicadas en el Boletín Oficial, estableció la prohibición de la elaboración y venta de un aceite de oliva, una miel y una harina que no cumplen con los estándares de calidad y trazabilidad exigidos por la normativa vigente.

 

En la disposición 1261/2025, la Anmat detalló que se prohíbe “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto rotulado como: ‘Aceite de oliva extra virgen marca La Mediterranea, Origen de Mendoza, Rne 13631954 - Rnpa 13761982’ en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de RNPA y RNE inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.

Prohibición de otros productos con etiquetas incorrectas

A su vez, las disposiciones 1270/2025 y 1271/2025 se enfocaron en dos productos adicionales que también fueron hallados con irregularidades en sus etiquetas. La Anmat prohibió la comercialización de la "Harina de almendra con piel; RNE: 02-041.368; RNPA: EX-221-27015124", así como la miel de la marca "Cejamebel - Multifloral silvestre de las sierras cordobesas".

 

En ambos casos, los productos fueron declarados ilegales por estar mal rotulados, lo que genera dudas sobre su calidad y seguridad.

 

El organismo regulador destacó la importancia de evitar el consumo de productos alimenticios que no cuenten con los registros sanitarios correspondientes. Estos productos, al no estar bajo un control adecuado, no garantizan ni su calidad ni su inocuidad. Además, al carecer de trazabilidad, resultan ser un riesgo para la salud de los consumidores.

En los documentos oficiales emitidos por la Anmat, se especificó que, "a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registros, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en los sitios de venta en línea de los productos citados". (Con información de ANMAT y La Nación)

Fuente: EL ONCE

Lunes 1 de Junio de 2026

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